Integrante de las 62 Organizaciones Peronistas
La reforma trabalhista se aprueba en medio de una fuerte recesión económica, el nivel de la inflación es alto y el número de desempleados es cada vez mayor, la tasa de desocupación alcanza 14 millones 200 mil desempleados entre enero y marzo de este año.

La Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) del Senado brasileño, aprobó el miércoles pasado la polémica reforma laboral impulsada por el gobierno de facto de Michel Temer, con 16 votos frente a nueve, más una abstención.

 

La reforma trabalhista llega en un contexto en el que la economía del país se encuentra en una fuerte recesión, el nivel de la inflación es alto y el número de desempleados es cada vez mayor, la tasa de desocupación alcanza 14 millones 200 mil desempleados entre enero y marzo de este año.

Con la aprobación en la CCJ, el proyecto de ley de flexibilización de la vigente Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT) quedó listo para ser sometido a la consideración de plenario de la Cámara Alta, donde requiere mayoría simple para ser aprobado.

Punto principales de la reforma

Reforma del Sistema de Previsión Social

Aumenta la edad mínima de jubilación a los 65 años e iguala la edad entre hombres y mujeres, y entre trabajadores del campo y la ciudad. En Brasil, la ley permite que las mujeres puedan jubilarse con 30 años de cotización, y los hombres con 35 años de servicio público.

Congelamiento de los concursos de servidores públicos

Congela por 20 años el presupuesto para la Salud y la Educación. Si es aprobada la Propuesta de Enmienda Constitucional (PEC) no podrán crearse nuevos puestos de trabajo. El límite de gasto en las áreas de salud y educación entrará en vigor en 2018. El congelamiento del salario mínimo es el primer paso para asegurar la reforma de la Sanidad, la próxima meta de la gestión de Michel Temer (PMDB) en el Congreso Nacional.

Negociación

El Proyecto de Ley 4193 autoriza que los derechos previstos en la Legislación Laboral Brasileña (CLT por sus siglas en portugués) puedan ser negociados entre los trabajadores y los contratantes. Sin embargo, en la práctica, los beneficios como el 13° salario, las vacaciones, el adicional nocturno, licencia de paternidad y el salario mínimo pueden ser relativizados.

Tercerización (subcontratación)

El Proyecto de Ley de la Cámara (PLC 30/2015) autoriza a las empresas a contratar servicios de terceros hasta para la actividad final que prestan las propias compañías. Esto trae como consecuencia la disminución de costos de contratación pero universaliza los tipos de contratos que se relacionan con las actividades medias, como limpieza y seguridad. Una universidad podría contratar bajo ese régimen a profesores para que presten servicios de transporte o limpieza.

“Flexibilización” de la jornada de trabajo

Legaliza la contratación temporaria incluso por pocas horas y permite ampliar la jornada de trabajo de 8 horas a 12 horas diarias. Se mantendrá la jornada promedio de 44 horas semanales de trabajo pero estas horas podrán ser utilizadas en virtud de la necesidad específica de la labor, con un tope de 12 por día.